Ya hemos examinado en este Blog las distintas
herramientas con las que ya contamos las ciudadanas y ciudadanos para ejercer
nuestro poder, de modo que ahora toca
explorar aquellas que aún no podemos utilizar.
Me refiero a instrumentos legales
que no están del todo aprobadas en la ley: las candidaturas ciudadanas, el plebiscito,
el referéndum, la iniciativa popular, la revocación de mandato, la segunda
vuelta y la reelección.
Si bien aún no podamos acceder a
esos instrumentos en plenitud, las Constituciones de algunos estados y el
estatuto de gobierno del Distrito Federal ya reconocen algunos de estos
derechos ciudadanos.
REFERÉNDUM
Indica el diccionario electoral CAPEI:
"Del latín referendum, de referre: referir. Institución política mediante la cual el pueblo, el cuerpo
electoral, opina sobre, aprueba o rechaza una decisión de sus representantes
elegidos para asambleas constituyentes o legislativas".
Ejemplos de referéndum son los de
1988 en Chile, donde se votó por la continuidad o no de Augusto Pinochet en la
presidencia; de 2003, cuando Andrés Manuel López Obrador convocó a los
habitantes del Distrito Federal a votar sobre la continuidad o no de su
gobierno tres años más, y ganó con más de setenta y cinco por ciento de los
votos; de 2004, cuando se convocó a los votantes en Venezuela a evaluar el
desempeño del presidente Hugo Chávez, quien resultó ganador; de 2006, sobre el
aumento del canal de Panamá, el cual fue aprobado; de 2007, para aprobar o no
en Costa Rica el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, así como los
diversos referéndums de ratificación del tratado de la Constitución de Europa
en varios países de Unión Europea.
PLEBISCITO
En la actualidad, en los
regímenes democráticos, el plebiscito funciona como un procedimiento de
consulta directa a las personas sobre algún asunto político de excepcional
importancia en la vida colectiva, que por comprometer el destino nacional,
requiere el expreso consentimiento de los ciudadanos. Como medio de expresión
de opinión popular, el plebiscito es una genuina manifestación de democracia
directa.
Por este medio, entonces, los
gobernantes someten a la consideración popular un asunto de Estado generalmente
político o administrativo, pero no de naturaleza legislativa, para su
aprobación, rechazo o deliberación. El gobernante no está obligado al resultado
del plebiscito, pero éste es un indicador político importante del sentir
social.
Como ejemplo está el plebiscito
que promovieron los vecinos de las Lomas de Chapultepec y Molino del Rey, en el
Distrito Federal, que se opusieron a la construcción de la Torre Pedregal 24.
INICIATIVA POPULAR
La iniciativa popular sirve para
que los ciudadanos hagan propuestas de ley o de modificaciones a la
legislación. Puede haber iniciativas para reformar la Constitución. Los
representantes están obligados a considerar dichas iniciativas o se obligan a
hacer contrapropuestas que reconsideren las iniciativas populares o las
mejoren.
En nuestro país, hemos tenido ya
un caso notable de iniciativa ciudadana, que derivó en la Ley General para
Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la
fracción XXI del artículo 73 de la Constitución, y se lo debemos a los
ciudadanos Alejandro Martí e Isabel Miranda de Wallace. Esta iniciativa se
originó en la parálisis de los legisladores, quienes no tomaban las medidas necesarias
para frenar la inseguridad, específicamente en lo que toca al secuestro. Las
acciones de Wallace y Martí muestran que no hay que desestimar esta importante
figura legal, aunque sea por la vía de la presión.
REVOCACIÓN DE MANDATO
Este procedimiento sirve para que
los ciudadanos depongan a un representante o autoridad administrativa. La
dimisión es obligatoria.
La revocación de mandato sería
fundamental para obtener resultados de nuestros gobernantes. Después de todo,
si los ciudadanos los hemos elegido, deberíamos poder removerlos de su cargo si
no estamos satisfechos. Alejandro Martí, presidente de la organización
ciudadana México SOS, ha expresado lo mismo, pero de otra forma, en una frase
que se ha hecho célebre: "Si no pueden, renuncien".
Yo estoy a favor de este
instrumento. En la iniciativa privada, por ejemplo, cualquier empleado o
directivo está sujeto a ser remplazado si no es efectivo en su trabajo. Los
resultados son lo que importa, no los pretextos.
CANDIDATURAS CIUDADANAS E INDEPENDIENTES
Ahora habría que establecer
mecanismos claros para la financiación de los candidatos ciudadanos. Éste no es
un tema sencillo, pero debemos abrir los espacios para que, al margen de un
partido político, ciudadanas y ciudadanos puedan acceder a algún cargo público
de elección popular.
SEGUNDA VUELTA ELECTORAL
Considero viable el que se logre esta reforma,
sobre todo para evitar las grandes dudas que pesan, por ejemplo, sobre los resultados de las
elecciones presidenciales en México de 1988 y de 2006.
REELECCIÓN
Este importante instrumento ciudadano ya se discute actualmente en los Congresos y avanza con distintos grados hacia su consolidación; por lo menos, en lo que que corresponde a legisladores.
Sí, porque aquella frase que imperó durante muchos años: "sufragio efectivo, no reelección", ha venido quedando en el pasado, y hoy son muchas las voces que proponen que nuestros legisladores puedan ser elegidos de nueva cuenta, y de esta manera "premiar" o "castigar" sus respectivas trayectorias.
Hay muchas posturas a favor de este instrumento, puesto que es evidente que los ciudadanos solamente reelegiríamos al diputado o diputada que nos proporcionara auténticos resultados. ¿No lo creen así?
Sí, porque aquella frase que imperó durante muchos años: "sufragio efectivo, no reelección", ha venido quedando en el pasado, y hoy son muchas las voces que proponen que nuestros legisladores puedan ser elegidos de nueva cuenta, y de esta manera "premiar" o "castigar" sus respectivas trayectorias.
Hay muchas posturas a favor de este instrumento, puesto que es evidente que los ciudadanos solamente reelegiríamos al diputado o diputada que nos proporcionara auténticos resultados. ¿No lo creen así?
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